En las últimos años es cada vez mayor el número de organizaciones empresariales que de manera voluntaria vienen adoptando diversas medidas sociales o de otra índole, que se originan al ser conscientes de que además de sus obligaciones productivas, financieras y comerciales, deben actuar de una forma comprometida con los diferente ámbitos de la sociedad sobre la que sus actividades inciden directa o indirectamente. En la actualidad la Responsabilidad Social Empresarial ha pasado a considerarse un factor de decisivo de competitividad y sostenibilidad para la empresa.
Se puede definir la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), como la "Integración voluntaria, por parte de las empresas de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores" (Grupo de Expertos del Consejo de Europa, 1995).
Cuando hablamos de RSE, se relaciona directamente con medioambiente, iniciativas sociales, apoyo al desarrollo socioeconómico, gestión de recursos humanos, etc, pero siguen siendo bastante escasas las iniciativas en materia de Igualdad de Género.
El principio de Igualdad es un elemento clave del contenido de la Responsabilidad Social Empresarial, debe integrarse de manera transversal en la cultura organizativa, así como convertirse en principio rector de las diversas políticas de la empresa, y es aplicable tanto en las relaciones internas como en las externas de las empresas. La adopción de medidas de Igualdad de Género permite a las empresas avanzar hacia una mayor calidad en su gestión empresarial, así como un mayor compromiso y responsabilidad social.
Según el Foro de Expertos de RSE "una empresa resulta socialmente responsable cuando responde satisfactoriamente a las expectativas que sobre su funcionamiento tiene los distintos grupo de interés". Cada vez existe una mayor demanda social para la adopción de medidas en materia de Igualdad por parte de las empresas, y éstas a su vez son más conscientes de los beneficios que les reporta el incluir en su compromiso con la sociedad actual, el trabajo a favor de la Igualdad entre mujeres y hombres.
La misma Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres, incluye el Título VII dedicado a la Igualdad en la RSE de las empresas, en concreto el artículo 73 define las acciones de responsabilidad social en materia de Igualdad, como aquellas medidas voluntarias de carácter económico, comercial, asistencial o de otra naturaleza, destinadas a promover condiciones de Igualdad entre las mujeres y los hombres en el seno de la empresa o en su entorno social.